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Mediación de Conflictos

Carmen Hidalgo Muniozguren

Abogada y Mediadora (col. 80.911)

Disputas Familiares Económicas

Conflictos derivados de situaciones de dependencia

Separaciones y Divorcios

 

Con ayuda de los mediadores, podrán alcanzar la solución que satisfaga a ambas partes

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Mejor un buen acuerdo

Que un mal juicio




Beneficios de la mediación


La mediación es un procedimiento voluntario, ágil y flexible en el que a través de una persona neutral -la mediadora- se procura que sean los propios interesados quienes alcancen la solución de su conflicto.

Se basa en el diálogo, el respeto y la buena fe y es confidencial. Los mediadores son imparciales y neutrales, no juzgan, no valoran, no tienen relación alguna con las partes.

Se puede acudir a mediación en cualquier momento del proceso; desde que se inicia hasta su finalización.

Es voluntaria, se inicia voluntariamente y cualquiera de las partes puede retirarse cuando lo desee.



  • Comunicación y Colaboración

    Restablece la comunicación y facilita la colaboración entre las partes, pacificado la relación de las personas en conflicto.

  • Menor coste

    Disminuye el coste emocional, temporal y económico en relación a un procedimiento judicial.

  • Mayor satisfacción

    Los acuerdos alcanzados permiten soluciones más rápidas y ajustadas a las necesidades concretas de las partes, aumentando el grado de satisfacción y cumplimiento de los acuerdos y resoluciones judiciales que los aprueben.

Mediación familiar Dudas más frecuentes

  • 1. ¿Puedo ir con mi abogado?

    Las partes deben acudir personalmente y sí pueden ir acompañadas de sus respectivos letrados, aunque esto no es obligatorio. Los abogados siguen sindo los asesores jurídicos de las partes en el procedimiento y por ello deberán conocer el acuerdo final de mediación antes de su firma.

  • 2. ¿Es obligatorio acudir a la mediación?

    No es obligatorio, la mediación es una vía voluntaria para solucionar conflictos. Una vez iniciada, tampoco es obligatorio seguir en ella ni alcanzar acuerdos.

  • 3. ¿Qué pasa con el procedimiento judicial?

    Si se alcanzan acuerdos, previo su control judicial por los letrados de las partes, podrán llevarse al procedimiento para ser homologados o aprobados judicialmente.

  • 4. ¿Qué sucede si no hay acuerdo?

    El procedimiento judicial continúa. Aunque no se alcance el acuerdo, las partes suelen salir satisfechas de su participación en la mediación.

  • 5. ¿Puede mi abogado ser el mediador?

    No, porque no puede garantizar su neutralidad e imparcialidad.

  • 6. ¿Qué validez tiene el acuerdo en su caso?

    El acuerdo aprobado judicialmente tiene la misma validez que una sentencia. Si una parte incumple, la otra puede acudir a la vía judicial para solicitar el cumplimiento, o nuevamente a un mediador.

  • 7. ¿Tengo yo que convencer a la otra parte para que acuda a la mediación?

    No, contactamos nosotros con ella para invitarle a que acuda a una sesión informativa. Ya en ella y una vez estén informadas de todo (sesiones previstas, precio, etc.,) ambas partes decidirán si inician o no el procedimiento de mediación.

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